Trámites y Servicios

Instructivo para Tramitar Acreditación de Estudios

 

 

1. INTRODUCCIÓN

Con la finalidad de orientar a los(las) interesados(as) en la tramitación de la Acreditación de Estudios, la Dirección de Sistemas Escolares ha elaborado el presente Instructivo.

En este documento se describen los pasos que deben seguirse para realizar los trámites de Acreditación de Estudios en la Universidad Autónoma Metropolitana.

Se definen claramente las instancias involucradas en los distintos trámites y los tiempos en que les corresponden realizar las actividades de acuerdo con el Reglamento de Revalidación, Establecimiento de Equivalencias y Acreditación de Estudios (REEAE) de la UAM.

Es importante hacer de su conocimiento que, de acuerdo a los tiempos y actividades señaladas en el REEAE de la UAM, una vez iniciado el trámite, el tiempo aproximado para obtener la Resolución correspondiente es de un trimestre.

 

 

2. QUIÉNES PODRÁN REALIZAR ESTE TRÁMITE

a) A nivel de Licenciatura:

  • Egresados(as) de la UAM que deseen cursar una segunda carrera.
  • Alumnado que haya realizado un cambio de carrera en la misma Unidad y División.
  • Alumnado que haya realizado un cambio de carrera a otra División en la misma Unidad.
  • Alumnado que haya realizado un cambio de Unidad misma División misma carrera.
  • Alumnado que haya realizado un cambio de Unidad misma División diferente carrera.
  • Alumnado que haya realizado un cambio de Unidad diferente División y carrera.

 

b) A nivel de Posgrado:

También serán aplicables los supuestos del inciso anterior.

 

De acuerdo al Reglamento de Estudios Superiores de la Universidad Autónoma Metropolitana, para los(las) Egresados(as) de la UAM que deseen cursar una segunda licenciatura, la acreditación será factible si han obtenido un número de calificaciones MB igual o mayor al número de calificaciones S, o bien B en todas las unidades de enseñanza-aprendizaje acreditadas en la primera carrera

 

No se podrá presentar el trámite de Acreditación de Estudios, si fue alumno o alumna de la UAM y perdió esa calidad por:

  • Renuncia expresa a la Universidad;
  • Renuncia tácita a la inscripción a un año escolar;
  • Vencimiento del plazo máximo previsto para cursar los estudios;
  • Resolución definitiva dictada por un órgano colegiado competente;
  • Exceder el número de oportunidades para acreditar una misma unidad de enseñanza-aprendizaje de acuerdo con el plan de estudios al que estuviste inscrito, o
  • Presentar documentos falsos.

 

 

3. CONCEPTO

“La acreditación de estudios es la declaración que determina la correspondencia académica del contenido entre las unidades de enseñanza-aprendizaje de los planes y programas de estudio que se imparten en la Universidad”.

“Las acreditaciones podrán alcanzar hasta un 75% del total de créditos del plan de estudios que se pretende cursar”.

 

 

4. REQUISITOS A CUBRIR

La siguiente documentación debe ser enviada por el(la) interesado(a) en formato PDF*, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.:

 

Para cursar segunda carrera en la Institución

  1. Certificado de estudios total, con promedio mínimo de 8.0 (ocho punto cero).
  2. Comprobante de autorización o de inscripción a segunda licenciatura con su nueva matrícula, expedido por la Coordinación de Sistemas Escolares de la Unidad Académica correspondiente.

 

Por cambio de carrera

  1. Certificado de Estudios parcial o Constancia de Historia Académica completa (emitida por Coordinación de Sistemas Escolares de la Unidad Académica correspondiente, deberá contener los datos actualizados del alumnado en la nueva licenciatura e incluir las UEA en historia invalida).
  2. Comprobante de autorización de cambio de licenciatura avalado por la Coordinación de Sistemas Escolares de la Unidad Académica correspondiente.

 

* Para el envío de archivos electrónicos, favor de tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

Deberá escanear todos los documentos para su trámite, de manera legible y a color, así como preparar un archivo en formato PDF para cada documento.

No se aceptan fotografías de sus documentos, ni fotos tomadas con aplicaciones -CamScanner, Tap Scanner, entre otras-.

Se le recuerda que no se recibirán archivos compartidos desde OneDrive, iCloud o cualquier otra nube, ni archivos en JPG, PNG, TIFF, etc.

El tamaño de su archivo no debe exceder de 1MB. En caso de rebasar la capacidad, se recomienda enviar los archivos PDF comprimidos en carpetas tipo WinRAR ZIP (.zip).

Verificar que su archivo se visualice correctamente, se recomienda usar scanner de cama plana para una mejor resolución y nitidez.

 

 

5. OBTENCIÓN Y LLENADO DE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS

Si la documentación está completa, le será enviada al(a la) interesado(a) la Solicitud de Acreditación, misma que debe llenar, imprimir y firmar. Una vez hecho lo anterior, la deberá reenviar escaneada en formato PDF al email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Recibirá un correo con la confirmación y copia de la Solicitud de Acreditación. Con ello, se dará por iniciado el trámite.

 

 

6. PAGO DE DERECHOS

Por medio de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se informará al(a la) interesado(a) de las opciones para cubrir los derechos del trámite, así como la cantidad de acuerdo a la tabla de cuotas para pago de inscripciones, servicios y derechos vigente.

 

 

7. ANÁLISIS DE PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN PROBATORIA ENTREGADA

La Dirección de Sistemas Escolares en un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la documentación, enviará las solicitudes procedentes, junto con la documentación entregada, al(a la) Presidente(a) del Consejo Divisional correspondiente, para que las remita de inmediato a las comisiones del mismo Consejo. Asimismo, le informará al(a la) interesado(a) la fecha en que deberá presentarse en la Secretaría Académica de la División a solicitar información sobre su trámite.

 

 

8. EMISIÓN DE DICTAMEN POR PARTE DE LA COMISIÓN DEL CONSEJO DIVISIONAL

La Comisión del Consejo Divisional correspondiente, en un plazo de diez días hábiles a partir de la recepción de la documentación, determinará la procedencia académica de la acreditación de los estudios y, en su caso, previa entrevista con el(la) interesado(a), emitirá el dictamen correspondiente, mismo que se enviará al(a la) Presidente(a) del Consejo Divisional para que lo incluya en el Orden del Día de la próxima sesión del Consejo Divisional. En donde, después de analizarse el caso, se emitirá la Resolución de Acreditación de Estudios.

La comisión para determinar la acreditación de los estudios y emitir el dictamen correspondiente, deberá analizar en forma integral la documentación recibida en función de los siguientes factores relacionados con los planes y programas de la Universidad:

  1. Los objetivos del plan de estudios;
  2. La estructura del plan de estudios y sus contenidos generales;
  3. La duración prevista para los estudios;
  4. El contenido de las unidades de enseñanza-aprendizaje;
  5. El tiempo de dedicación y la bibliografía recomendada a cada unidad de enseñanza-aprendizaje;
  6. La seriación de las unidades de enseñanza-aprendizaje;
  7. Las modalidades de evaluación de las unidades de enseñanza-aprendizaje;
  8. Las modalidades de conducción del proceso de enseñanza-aprendizaje, y
  9. En el caso de posgrado, la carga de investigación.

 

 

9. ENVÍO DE LA RESOLUCIÓN DE ACREDITACIÓN DEL CONSEJO DIVISIONAL A LA DIRECCIÓN DE SISTEMAS ESCOLARES

El Consejo Divisional correspondiente, a través de su Secretario(a), enviará a la Dirección de Sistemas Escolares la Resolución de Acreditación de Estudios para su registro. La cual deberá contener la relación de las unidades de enseñanza-aprendizaje que se consideran acreditadas, en virtud de la correspondencia académica establecida.

 

 

10. REGISTRO DE LA RESOLUCIÓN

La Dirección de Sistemas Escolares una vez que ha recibido la Resolución de Acreditación, registrará en los archivos computarizados, los movimientos indicados y procederá a entregar al(a la) alumno(a) una copia de la Resolución a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

 

NOTA: Para seguimiento, aclaración o dudas con relación a este trámite, favor de contactarnos por email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.